Estudiantes y trabajadores en programas de intercambio
La visa J-1 está diseñada para proporcionar programas de intercambio educativos y culturales, y para promover el intercambio de conocimientos, habilidades y educación en las artes y las ciencias. Esta visa permite a las personas a que participen en programas de intercambio en los Estados Unidos.
La visa J-1 incluye a estudiantes, aprendices haciendo su práctica de trabajo, visitando a los eruditos y los investigadores y consultores.
Como solicitante de la visa J-1 debes probar que:
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Eres un erudito profesor o investigador, estudiante aprendiz o pasante, representante de colegio o Universidad, profesor, especialista no académicos, médico extranjero, consejero de campamento, niñera o estudiante de verano en un programa de viajes de trabajo.
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Piensas solamente en una estancia temporal en los Estados Unidos.
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Tienes fondos suficientes para permanecer en los Estados Unidos.
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Tienes la intención de regresar a tu país de origen después de tu visita.
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Tu estadía en los Estados Unidos ha sido aprobada por un programa J-1 reconocido por el USCIS.
Programas de entrenamiento son generalmente limitados a un máximo de 18 meses excepto para programas de agricultura, hotelería y el turismo que son generalmente limitados a un máximo de 12 meses. El cónyuge y los hijos solteros menores de 21 años de edad pueden acompañarte con un estatus J-2. Los dependientes de un titular de visa J-1 pueden trabajar en los Estados Unidos si pueden demostrar que pueden cubrir sus propios gastos. Algunos visitantes de intercambio J-1 deben volver a su país de origen durante dos años al final de su programa antes de poder solicitar otro estatus de no-inmigrante o inmigrante.
¿Cuáles son
mis pasos a seguir?
Los abogados de inmigración de Antonini & Cohen pueden ayudarte a simplificar el proceso determinando la categoría de visa adecuada para tí y ayudándote con tu solicitud o cambio de estado de tu categoría actual a una nueva categoría.