El 22 de junio del 2020, el presidente Trump firmó una orden ejecutiva que sigue limitando la inmigración legal a los EEUU.
¿QUE HACE ESTA ORDEN?
El presidente Trump ha prolongado su orden del 22 de April, la ha cual postergado muchas visas inmigrantes (para ‘green cards’) procesadas en consulados estadunidenses en el extranjero, hasta fin del año. El presidente Trump también agrego restricciones adicionales para ciertas visas de trabajo y entradas a los EEUU hasta el fin del 2020. La orden dice que puede ser prolongada si llega a ser necesario. El presidente Trump cita la tasa de desempleo causada por el COVID-19 como la razón para extender su orden. En realidad, los líderes empresariales y los expertos han indicado que la perdida de estos trabajadores calificados, innovadores e empresarios, no ayudará, sino que en realidad le hará más daño a la recuperación económica y a la capacidad de conducir negocios en los EEUU.
¿QUIEN AFECTA ESTA ORDEN?
Esta orden suspende y limita para aquellas personas que buscan entrar los EEUU con las siguientes visas non-inmigrantes:
Visas H-1B o H-2B (y sus esposos/as e hijos)
Visa J, si el individuo está participando en un programa de interno, aprendices, profesor, consejero de campamento, au pair, o algún programa de trabajo para el verano (y sus esposos/as e hijos)
Visa L (y sus esposos/as e hijos)
Esta proclamación solo aplica a las personas que están por fuera de los EEUU en la fecha efectiva de la proclamación y aquellos que no tienen una visa valida o un documento de viaje en la fecha efectiva de esta proclamación.
¿QUIEN ESTA EXENTO DE ESTA ORDEN?
Por favor visite nuestro blog anterior para ver las exenciones a la orden del 22 de abril del 2020 de visas inmigrantes.
Las siguientes personas están exentas de las restricciones nuevas relacionadas a las visas non-inmigrantes:
Residentes permanentes de los EEUU (personas que tienen ‘green card’),
El/la esposo/a y su(s) hijo(s) de un ciudadano de los EEUU como esta definido en la Ley de Inmigración y Nacionalidad (se abreve “INA” en inglés),
Individuos que están proveyendo labor temporaria o servicios esenciales a la cadena alimentaria de los EEUU, y
Individuos que necesitan entrar a los EEUU por el interés nacional, lo cual el secretario del estado o el secretario del interior decide
¿QUE SIGNIFICA ESTA ORDEN?
Con excepción a los esposos/as y los hijos de ciudadanos estadunidenses, los casos de ‘green cards’ que se están procesando en el extranjero se retrasaran hasta por lo menos fin del año.
Individuos con H-1, L-1, y los afectados con status J-1 en los EEUU (y también sus esposos/as e hijos) no deberían salir de los EEUU. La orden limita la entrada a los EEUU y la emisión de visas, pero no afecta aquellos quienes están en los EEUU sin planes de salir de los EEUU este año. Aquellos quienes se quedan en los EEUU y quienes puedan renovar sus estatus aquí no se encontrarán afectados.
Individuos con H-1, L-1, y los afectados con estatus J-1 quienes están por fuera de los EEUU en la fecha de esta proclamación no pueden entrar a los EEUU sin tener una visa valida o permiso de viaje (parole) emitido en o antes del 22 de junio del 2020.
Si es reelegido el presidente Trump, nosotros anticipamos que esta orden sea extendida y anticipamos otras restricciones de inmigración. Nosotros también anticipamos que el presidente Trump continuara sus esfuerzos de eliminar el programa de DACA a pesar de la decisión de la corte suprema que fue anunciada esta semana.
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