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LAS 3 COSAS MÁS IMPORTANTES QUE USTED DEBE SABER AL PATROCINAR EMPLEADOS

Además de solicitar la tarjeta verde por su cuenta, los extranjeros pueden ser patrocinados por un empleador. Cuando un empleador patrocina a un empleado para una tarjeta verde, ese empleador implica que ambos tienen una relación empleador-empleado y que el empleado está calificado para una plaza disponible. Dar los pasos necesarios para el patrocinio ayuda a asegurar al empleado un lugar en la fila, o fecha de prioridad, para obtener su tarjeta verde.

El proceso consta de varios pasos e implica trabajar tanto con el Departamento de Trabajo (DOL) como con el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS). Si usted es un empleador y está considerando patrocinar a uno de sus empleados para obtener el estatus de residente permanente en Estados Unidos, hay tres consideraciones a tener en cuenta: tiempo, dinero y obligación.

CONSIDERACIONES DE TIEMPO

El proceso para patrocinar a un empleado para obtener la tarjeta verde puede ser demorado. El tiempo de aprobación varía y depende no sólo de la categoría basada en el empleo y el país de origen del inmigrante, sino también del cumplimiento de los requisitos del DOL para la certificación laboral permanente. Normalmente se debe considerar un periodo de al menos dos años para todo el proceso.

Otra cuestión de tiempo es la cantidad de tiempo que le queda a un empleado en su visado de trabajo temporal. Antes de solicitar el patrocinio de un empleado, hay que determinar la cantidad máxima de tiempo que ese empleado tiene derecho a permanecer en los EE.UU. Es importante que el empleado no se quede sin extensiones de visado antes de ser aprobado por el USCIS para una tarjeta verde patrocinada por el empleador.

CERTIFICACIÓN LABORAL PERMANENTE

El primer paso para patrocinar a un empleado para una tarjeta verde es obtener la certificación laboral permanente del DOL. Este certificado no garantiza que el empleado esté calificado para el puesto o que haya sido colocado correctamente en su clasificación basada en el empleo designado. En cambio, certifica al USCIS que no hay ningún trabajador estadounidense capaz, dispuesto, cualificado o disponible para ocupar el puesto en esa ubicación geográfica. El certificado emitido por el DOL también implica que la contratación del trabajador extranjero no afectará negativamente a los salarios o a las condiciones de trabajo de los trabajadores estadounidenses empleados de forma similar.

Para obtener el certificado de trabajo permanente, el empleador debe haber hecho un esfuerzo de buena fe para cubrir el puesto con un trabajador estadounidense. El DOL exige que el empleador anuncie y reclute para el puesto en la zona geográfica donde se encuentra el trabajo permanente. El empleador también debe presentar al DOL la ubicación del puesto, los requisitos del trabajo y las funciones del mismo para que se determine el salario predominante. Esta determinación establece un salario común para el puesto vacante en la zona en cuestión y ayuda a garantizar que el trabajador extranjero reciba una remuneración justa.

FACTORES MONETARIOS

Como parte del proceso de patrocinio de la tarjeta verde, el empleador está obligado a pagar todos los costos asociados con la obtención de la certificación laboral permanente del DOL. El empleado no puede reembolsar a su empleador ninguno de los costes, incluidos los honorarios de los abogados o cualquier gasto que el empleador haya incurrido para reclutar o anunciar el puesto.

El empleado puede pagar los costes posteriores, como la presentación de la petición I-140, que es el paso siguiente a la recepción de la certificación laboral permanente. La I-140 es la Petición de Inmigración para Trabajador Extranjero y es presentada por el empleador ante el USCIS solicitando la residencia permanente basada en el empleo para el empleado. Aunque la tasa se debe pagar cuando el empleador presenta la solicitud, tanto el empleador como el empleado pueden pagarla.

Una vez que el USCIS aprueba el I-140, el empleado también puede pagar por presentar su Formulario-I-485, solicitud de residencia permanente legal. La presentación del Formulario I-485 es el siguiente paso en el proceso.

OBLIGACIONES

Además de los compromisos de tiempo y dinero, los empleadores también tienen obligaciones con los candidatos a la tarjeta verde patrocinados por el empleador. La mayor de ellas es tener un puesto de trabajo permanente para el empleado patrocinado en el momento en que se emita su tarjeta de residencia. No tiene por qué ser el mismo puesto de trabajo que tenía el empleado cuando el empleador comenzó el proceso de patrocinio, pero debe ser un puesto de trabajo permanente en lugar de una función temporal.

OTROS ASUNTOS

Para patrocinar a un empleado para que obtenga la residencia permanente, la persona debe cumplir los requisitos de una de las cuatro categorías de visados que se basan en el empleo, a saber:

  1. Trabajadores prioritarios. Se trata de individuos con habilidades extraordinarias en la ciencia, el arte, el deporte o los negocios. Los profesores e investigadores destacados, así como los ejecutivos y directivos de multinacionales, entran en esta categoría.

  2. Profesionales con titulación superior o personas con capacidades excepcionales. Las personas que tienen un título avanzado o su equivalente, así como las personas que tienen habilidades excepcionales que beneficiarán a los EE.UU. en las artes, las ciencias o los negocios entran en este grupo.

  3. Trabajadores profesionales o cualificados. Esta categoría incluye a las personas cualificadas y no cualificadas que aportan una habilidad que no está disponible en EE.UU., así como a los profesionales con una licenciatura.

  4. Inmigrantes especiales. Los trabajadores religiosos y ciertos médicos se encuentran entre los incluidos en esta categoría.

PODEMOS RESPONDER A LAS PREGUNTAS SOBRE EL PATROCINIO DE UN EMPLEADO

Nuestros abogados tienen una experiencia combinada de casi 100 años en la ley de inmigración y el proceso de solicitud de la tarjeta verde. Si usted está planeando patrocinar a un empleado para una tarjeta verde, póngase en contacto con nosotros al 404-850-9394 o visítenos en https://antoniniandcohen.com/es/ .

Después de consultar con usted, podemos darle la tranquilidad de que ha tomado los pasos correctos para patrocinar a su empleado y evitar problemas que podrían resultar en el retraso o la negación.

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