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Foto del escritorAntonini & Cohen

¿Qué Está Sucediendo con la DAPA y DACA Expandida?

Actualización sobre la Acción Ejecutiva del 26 de Mayo de 2015

La orden ejecutiva del 2014 para avanzar la reforma migratoria del Presidente Obama fue retrasada a principios de este año después de que un juez federal bloqueara temporalmente la aplicación de la DAPA y la DACA Expandida. El gobierno federal apeló ese fallo, y ahora estamos a la espera de una decisión de un tribunal superior, con suerte para el mes de julio.

Aún esperamos un resultado positivo y animamos a las personas elegibles para la DAPA y la DACA Expandida a comenzar a reunir la documentación necesaria para aplicar para esos programas. Por favor contáctenos para más detalles, y a continuación lea más sobre el estado actual de la acción ejecutiva.

Historia de la orden ejecutiva del Presidente Obama

El 20 de noviembre del 2014, el Presidente Obama anunció una orden ejecutiva expandiendo la DACA y creando un nuevo programa para los padres indocumentados de ciudadanos americanos y de titulares de la tarjeta de residencia o Green Card, la Acción Diferida para Responsabilidad de los Padres, también conocida como DAPA. Por favor visite nuestro sitio Web especial para información detallada sobre cómo estos programas ayudarán a millones de familias indocumentadas a permanecer y trabajar en los Estados Unidos.

Poco después del anuncio del Presidente, diecisiete estados presentaron una demanda federal en Texas, buscando detener la implementación de la orden ejecutiva. Esos estados argumentaron que la acción ejecutiva era inconstitucional, que se sumaba a la negativa del gobierno federal para hacer cumplir las leyes de inmigración y que resultaría en una carga financiera no deseada en todos los estados. El juez de la causa dictó una medida cautelar, deteniendo la implementación de la acción ejecutiva a nivel nacional hasta que decida sobre el caso.

Una semana después, el Departamento de Justicia de Estados Unidos, en representación del gobierno federal, presentó una moción de emergencia solicitando al juez que se suspenda (es decir, que no se proceda con) la medida cautelar mientras el caso proceda. Tras casi tres semanas sin un fallo sobre la moción, el 12 de marzo del 2015, el Departamento de Justicia solicitó a la Corte de Apelaciones del Quinto Circuito que suspendiera la medida cautelar mientras apelaran. El Departamento de Justicia solicitó a la Corte de Apelaciones del Quinto Circuito que suspendieran la medida cautelar en su totalidad, o como mínimo, que la suspendieran con respecto a estados distintos de Texas o estados que no se habían unido a Texas en la demanda.

Catorce estados, el Distrito de Columbia, los alcaldes de Nueva York y Los Ángeles, así como setenta y un ciudades y condados adicionales, una serie de organizaciones de derechos civiles, ciento nueve profesores de Derecho y ciento ochenta y un miembros del Congreso presentaron argumentos como amigos de la corte, incitando a la Corte del Quinto Circuito a conceder la petición del gobierno federal y permitir que las disposiciones de la acción ejecutiva avancen.

El 26 de mayo del 2015, la Corte del Quinto Circuito, en una decisión de 2 a 1, se negó a levantar de manera inmediata la medida cautelar en contra de la orden presidencial. Ahora, el Quinto Circuito escuchará los argumentos de las partes en la primera semana de julio, sobre el fondo de la propia medida cautelar. Hasta entonces, los tres nuevos programas- DAPA, la Expansión de DACA y la Expansión del Provisional Waiver- están en suspenso a la espera de la decisión de la Corte del Quinto Circuito.

Lo Que Usted Hacer Mientras la Demanda Esté Pendiente

Nosotros en Antonini and Cohen instamos a todos quienes puedan ser elegibles para DAPA o la expansión de la DACA a comenzar a recolectar documentación para probar su elegibilidad. Esto incluye la recolección de prueba de residencia desde el 1 de enero del 2010, así como de su presencia física en los Estados Unidos el 20 de noviembre del 2014. Esta prueba incluye, pero no se limita a:

  1. Estados de cuenta bancarios

  2. Devoluciones de impuestos

  3. Recibos de alquiler

  4. Comprobantes de pagos de hipoteca

  5. Historiales médicos

  6. Cualquier otro recibo, presentación o documento que indique presencia en los Estados Unidos

Para la DAPA, se requerirá prueba de un hijo o hija que es ciudadano o residente permanente nacido antes del 20 de noviembre del 2014.

¡Hágase escuchar!

Aunque nadie puede predecir el futuro con exactitud, los abogados de inmigración, demás abogados, profesores de derecho y juristas creen que la acción ejecutiva del Presidente es constitucional y no es distinta de acciones ejecutivas tomadas por todos los presidentes en los últimos sesenta años. Además, los argumentos legales en contra de la acción ejecutiva simplemente son erróneos. A pesar de que la demanda de Texas ha causado retrasos, no representa nada más que eso. Tenemos fe en el sistema judicial de nuestro país, y esperamos un resultado positivo que va a proporcionar alivio a quienes necesitan desesperadamente de la DAPA y la expansión de la DACA.

Haga oír su opinión a favor de la acción del Presidente mediante el uso de sus herramientas de redes sociales y poniéndose en contacto con sus congresistas. ¡Usted puede hacer la diferencia!

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