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¿Se puede luchar contra una orden de deportación?

Una de las preguntas más comunes que recibimos aquí en Antonini & Cohen Immigration Law Group es si es posible luchar contra una orden de deportación. Mientras que esa es una pregunta amplia, la respuesta calificada es, sí, hay algunas maneras de luchar contra una orden de deportación.

Sin embargo, mucho depende del momento.

  1.  Si usted nunca recibió la notificación de su audiencia o estaba bajo custodia federal o estatal, y no se presentó a su audiencia por esa razón, usted puede presentar una moción de reapertura en cualquier momento.

  2. Si usted recibió una notificación pero no se presentó a la audiencia debido a circunstancias excepcionales, puede presentar una moción de reapertura a más tardar 180 días después de que el juez de inmigración haya ordenado su deportación.

  3. Si el juez de inmigración acaba de ordenar la deportación y aún no han transcurrido 30 días, usted puede apelar la orden ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA). La BIA forma parte del Departamento de Justicia, que está separado del Departamento de Seguridad Nacional, la agencia federal que está a cargo de los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los EE.UU. y del Servicio de Inmigración y Aduanas.  Sin embargo, la BIA es estricta con el plazo de 30 días: si no se cumple la fecha de presentación, se pierde el derecho a apelar.

  4. Si han pasado menos de 90 días desde la fecha de la decisión, usted puede pedir al juez de inmigración que reabra los actos procesales y le dé una decisión diferente. En general, una moción de reapertura tiene más probabilidades de éxito cuando hay algún cambio sustancial en su caso. Por ejemplo, una moción de reapertura basada en una solicitud de asilo podría detallar nuevos hechos sobre la situación en su país de origen y por qué representa un riesgo para usted.

  5. Si ya han pasado los 90 días, todavía puede pedir al juez de inmigración que reabra los actos procesales mediante una moción conjunta de reapertura (en la que el fiscal (ICE) se une a la moción) o una moción de reapertura asua sponte (en la que usted pide al juez de inmigración que reabra el caso por su cuenta)

El proceso de apelar las órdenes de deportación es complicado y requiere plazos de entrega muy oportunos. Si tiene una orden de deportación, llámenos al (404) 850-9394 o visítenos en línea. Estaremos encantados de examinarla y decirle si reúne los requisitos para una apelación o una moción de reapertura.

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